SeCLaS

El SECLAS y un trabajo incesante para personas con discapacidad

13 abril, 2017 | Revista nº 11
Es una constante desde hace mucho tiempo, el gran trabajo que este organismo viene realizando para poder integrar laboralmente a personas con capacidades diferentes. A través de esta entrevista al Subsecretario de Empleo, te brindamos información de vital importancia para empleadores y futuros beneficiarios.

 

Voz Empresaria (VE)- ¿Qué es el Servicio de Colocación Laboral Selectiva para Personas con Discapacidad (SeCLaS)?

Juan Pablo Fernandez Funes (JPFF)- Es un Servicio creado por la Ley Nº 10.592 “Régimen Jurídico Básico e Integral para las Personas con Discapacidad” y es el responsable de la administración del empleo de las personas con discapacidad que estando en edad laboral, tienen aptitud y deseos de trabajar. No es una bolsa de trabajo.

Tiene la misión de planificar, establecer y diseñar acciones y políticas tendientes a lograr la inserción laboral de la persona con discapacidad en un puesto de trabajo competitivo según su capacidad y aptitud laboral. Evalúa funcionalmente a las personas y certifica su capacidad para el puesto laboral a ocupar, con la finalidad de ubicarlas en empresas privadas o instituciones oficiales, respondiendo a las demandas existentes en el mercado laboral.

Asimismo ofrece el asesoramiento técnico requerido por el sector oficial y privado, e informa a las personas con discapacidad sobre las diversas posibilidades que refieren a su inserción en un empleo.

(VE) ¿Cómo garantiza el SeCLaS la inclusión laboral de las personas con discapacidad?

(JPFF)- A través de su competencia otorgada por la Ley 10592, el Seclas debe registrar, evaluar y promocionar los diferentes perfiles que fueron inscriptos en el Registro,  para solicitar vacantes a fin de posibilitar la Inserción laboral, velando por el cumplimiento efectivo del cupo mínimo del 4 % establecido para el ingreso a la Administración Pública Provincial.

(VE)-  ¿Quiénes pueden registrarse en el SeCLaS?

(JPFF)- Todas aquellas personas que posean un Certificado Único de Discapacidad emitido por entidad oficial, residentes en la Provincia de Buenos Aires en edad laboral.

(VE)- ¿Dónde y cómo se puede acceder al SeCLaS?

(JPFF)- El Registro de Aspirantes se lleva adelante en las Delegaciones y Subdelegaciones Regionales de Trabajo y Empleo del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. El interesado puede descargar la planilla de inscripción desde el sitio web del Ministerio, http://www.trabajo.gba.gov.ar/documentos/docs/inscripcion_nueva.pdf o solicitarla al responsable del SeCLaS en la Delegación Regional de Trabajo y Empleo que corresponda. Adjuntando la siguiente documentación.

  • Planilla de Inscripción al SeCLaS
  • Certificado Único de Discapacidad Oficial (CUD)
  • Fotocopia de DNI
  • Certificación de estudios (primario, secundario, terciario, universitario, cursos, etc.)
  • Currículum Vitae

(VE)- ¿Qué acciones se siguen una vez realizado el Registro?

(JPFF)- La documentación presentada en las Delegaciones y Subdelegaciones Regionales de Trabajo y Empleo del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, es remitida al SeCLaS para la conformación de un expediente, a partir de allí, se llevarán adelante las siguientes acciones:

  • Evaluación Ocupacional/Funcional
  • Promoción del aspirante en el ámbito de la Administración Pública Provincial, Municipal y/o Sector Privado.
  • Seguimiento

(VE)- ¿Cómo se designa un trabajador con discapacidad en el ámbito de la Administración pública Provincial en el marco del Artículo 8 sobre cumplimientos del cupo mínimo del 4 %?

(JPFF)- El SeCLaS envía los expedientes completos solicitando la necesidad de obtener una vacante para ocupar un puesto de trabajo en caso de ser viable la petición, se remite el expediente a la Dirección de Medicina Ocupacional de la Provincia para el examen psicofísico.

(VE)- ¿Cuáles son los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública Provincial para un trabajador con discapacidad?

(JPFF)- Es importante destacar que son los mismos que para cualquier trabajador:

Tener 18 años de edad como mínimo y 50 años de edad como máximo. Los aspirantes que por servicios prestados anteriormente tengan computables años a los efectos de la jubilación, debidamente certificados, podrán ingresar hasta la edad que resulte de sumar a los 50 años, los de servicios prestados, pero en ningún caso, la edad de los aspirantes puede exceder de los 60 años.

(VE)- ¿Qué pasa si un trabajador de la Administración Pública Provincial es una persona con discapacidad y no está declarado como tal?

(JPFF)- En el caso de surgir la existencia de trabajadores con discapacidad que no hayan ingresado por la Ley 10.592, se podrá ofrecer la conversión de la/las designaciones existentes, a fin de que sean imputadas al cumplimiento del 4% exigidos por la Ley antes mencionada. Cabe destacar que este encuadre está sujeto a la voluntad del trabajador en cuestión y es el SeCLaS el organismo de aplicación.

(VE)- ¿Qué beneficio tiene un trabajador con discapacidad al encuadrarse en la ley 10592?

(JPFF)- El encuadre posibilita la aplicación de la Ley de Jubilaciones Nº 10.593/87 Régimen para empleados públicos discapacitados derecho a la jubilación ordinaria, cuando acrediten cuarenta y cinco 45 años de edad y veinte 20 años de servicios, siempre y cuando hayan ingresado con la discapacidad. Al momento de cumplir con estas condiciones es decisión del trabajador optar por la jubilación o continuar trabajando, siempre y cuando esté en condiciones de hacerlo.

(VE)- ¿Cómo se designa un trabajador con discapacidad en el ámbito Privado?

(JPFF)- El SeCLaS pone a disposición de las Empresas, Cámaras Empresarias y/o Pymes a través de las políticas implementadas desde la Subsecretaria de Empleo del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y a través de las 46 Delegaciones Regionales de Trabajo y Empleo, los programas de inclusión laboral para PCD, como así también la búsqueda de los perfiles disponibles, de acuerdo a la demanda del sector. Las Empresas, Cámaras Empresarias y/o Pymes pueden adquirir la planilla de inscripción en la página web del Ministerio, citada anteriormente, en la que se consignarán las características del o los puestos requeridos.

Evaluado el requerimiento el SeCLaS procede a la búsqueda en su base de datos para dar respuesta a dicho pedido a la brevedad. De ser necesario se realiza por parte del equipo evaluador SeCLaS una visita a la empresa a fin de realizar el análisis del o los puestos de trabajo a cubrir y las características generales de infraestructura de la empresa. Estos elementos son variables y de gran importancia para una adecuada selección de aspirantes.

Una vez seleccionados el Seclas envía los CV y el informe de las evaluaciones de los posibles candidatos a ocupar en el o los puestos. Con este instrumento el interesado de la contratación de Personal realiza la entrevista laboral para la selección de candidatos y una vez elegidos informa al SeCLaS el/los aspirantes a designar. En esta instancia se remitirá el expediente correspondiente para agregar el Alta temprana y/o documentación pertinente para su contratación de acuerdo a las normas establecidas.

En el sector privado los beneficios lo tiene el empleador, no así el trabajador, en este caso no hay ningún régimen especial. El trabajador deberá realizar las horas que determina el convenio colectivo de trabajo según la actividad.

(VE)- ¿Cuáles son los requisitos exigidos para ingresar al ámbito privado?

(JPFF)- Eso depende de la demanda de la empresa para el cargo a cubrir, si solicitan personal con discapacidad, en primera instancia se deberá contar con el Certificado único de Discapacidad y luego tener en cuenta los requisitos que exige la empresa para el cargo a cubrir.

El SeCLaS garantizará las medidas de accesibilidad a la hora de cubrir un puesto de trabajo como así también las tareas que desempeñará el trabajador.

(VE) ¿Qué deben presentar los empleadores ante ARBA y AFIP para percibir los beneficios?

La documentación que acredite denuncia e inscripción del empleado con discapacidad en el sistema previsional.

Con cada Declaración Jurada Anual, debe acompañar certificado del organismo previsional sobre continuidad del aporte.

 

Beneficios que adquiere una empresa al contratar un trabajador con discapacidad

El SeCLaS es un servicio gratuito, de selección e intermediación laboral que garantiza la idoneidad de los perfiles laborales que pone a disposición de las empresas. La elección de los mismos queda a criterio del sector privado, se coordina con las empresas las entrevistas laborales.

Los empleadores que incorporen personas con discapacidad podrán imputar el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de las remuneraciones nominales que éstas perciban, como pago a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

En ningún caso, el monto a deducir sobrepasará el impuesto determinado para el período que se liquida, ni tampoco originará saldos a favor del contribuyente.

Este artículo también resulta aplicable cuando la persona empleada realice trabajos a domicilio.

 

Ejercicio práctico de aplicación del beneficio

Comparación teniendo un Empleado de Comercio Discapacitado vs. Un Empleado no Discapacitado.

Ventas en el mes por la suma de $500.000,00.-
Retenciones y Percepciones del período $4.000,00.-

cuadro-01

CONTACTOS

SERVICIO DE COLOCACIÓN LABORAL SELECTIVA
SUBSECRETARIA DE EMPLEO – MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BS. AS.
Calle 46 N° 939 – 1ER. PISO
Tel: 0221-4275452

 

Compartir Nota